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86,31 €"Acaso no habrá, en toda la doctrina del derecho civil, asunto que reclame más la atención de los jurisconsultos que el de las personas jurÃdicas. El concepto de personalidad es uno de los problemas más graves y delicados de la técnica jurÃdica, que está relacionado y guarda un Ãntimo vÃnculo con la idea del derecho subjetivo, por lo que se originan una serie de controversias y de dudas que hace cada vez más difÃcil su solución. El concepto de persona jurÃdica, desarrollado primeramente en el derecho privado, fue recibido por el derecho público, y toda la teorÃa publicÃstica fue implantada sobre el concepto de personalidad del Estado, con sus consiguientes aplicaciones en el Derecho interior e internacional. Asà también el concepto de persona jurÃdica sirvió para caracterizar las varias formas de las instituciones eclesiásticas, etc. Pero de esta extensión del concepto a nuevos órdenes, debÃa derivarse también un ensanchamiento de la noción, frente al cual las primeras fórmulas resultaban inadaptadas e insuficientes. FRANCESCO FERRARA "